APYMER TRAMITARÁ DE FORMA GRATUITA LAS AYUDAS A LAS EMPRESAS DE LOS MUNICIPIOS AFECTADOS POR EL INCENDIO DE SIERRA BERMEJA

Asociación de la Pequeña y Mediana Empresa de las Comarcas de Ronda y Campillos

APYMER TRAMITARÁ DE FORMA GRATUITA LAS AYUDAS A LAS EMPRESAS DE LOS MUNICIPIOS AFECTADOS POR EL INCENDIO DE SIERRA BERMEJA

Hoy jueves 12 de mayo el Boletín Oficial de la provincia de Málaga publica las bases de las subvenciones destinadas a negocios ubicados en los municipios afectados por el incendio de Sierra Bermeja del pasado verano.

Desde Apymer, en un intento de ayudar en todo los posible a las empresas de estos municipios, nos ofrecemos de forma completamente desinteresada y gratuita para realizar la tramitación de estas ayudas para todas empresas que lo necesiten, sean o no asociadas a Apymer.

Aunque aún no se ha abierto el plazo para presentar las solicitudes de subvenciones, todas aquellas empresas de los municipios de Genalguacil, Jubrique, Faraján, Júzcar y Pujerra (ámbito de actuación de nuestra asociación) que estén interesados en acceder a estas ayudas deberán ponerse en contacto con Apymer a través del 952.87.84.92 o escribiendo al email ronda@apymer.org. Pueden acceder a más información a través de la web www.apymer.org

 Dos tipos de ayudas

Por un lado, se establecen ayudas para gastos corrientes en bienes y servicios de los sectores del comercio, restauración, hospedaje, agroalimentario, forestal y ganadero. En este caso, podrán incluirse gastos de arrendamiento o subarriendo de bienes inmuebles; de suministros de electricidad, agua y gas donde la actividad económica se desarrolle; de mantenimiento de herramientas digitales (sitios web, comercio electrónico, aplicaciones móviles, entre otras); y gastos de alquiler de equipos, maquinaria y elementos de transporte vinculados al proceso productivo.

La cuantía máxima a conceder a los beneficiarios de esta subvención será de 6.000 euros.

Y, por otro, se concederán ayudas para la adquisición de bienes de inversión en los sectores agroalimentario, forestal y ganadero, que incluyen compra de maquinaria, herramientas, equipos y procesos productivos; de software para transformación digital (plataformas de ventas on line, herramientas web y aplicaciones o software para digitalización de la gestión); de hardware asociado a la transformación digital (equipos informáticos, móviles y tabletas); gastos de cambio de cultivo o método de regadío y adquisición de elementos de trasporte, como tractores, furgonetas, remolques y motos de reparto.

En este caso, la cuantía a percibir variará en función de la inversión que se realice. Cuando el importe del proyecto, IVA excluido, sea inferior o igual a 10.000 euros, se concederá una subvención por el 100% del importe total del proyecto. Y cuando el importe del proyecto supere la cuantía de 10.000 euros, IVA excluido, la cuantía de la subvención será del 85% del proyecto, con un máximo de 30.000 euros.

Los gastos subvencionables deberán realizarse o haberse realizado entre el 8 de septiembre de 2021 y el 31 de diciembre de 2022, permitiéndose por tanto, las inversiones o actividades realizadas con anterioridad a la publicación de la convocatoria.